Resolución N° 76/04/4000
Nro de Expediente:
4111-001344-01
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
28/1/2004


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa 15 U.R., Sr. Mario Maldonado, obras sin permiso, Francisco Miranda Nº 4294bis.-

Montevideo, 28 de Enero de 2004.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las obras sin permiso comprobadas en el inmueble empadronado con el Nº 146.615 sito en la calle Francisco Miranda Nº 4294 bis, propiedad del Sr. Mario Alfredo Maldonado C.I. Nº 1:429.072-4;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que corresponde aplicar una multa de 15 U.R., según lo que establece el Decreto No. 29.884 de abril del 2002;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.478/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 15 U.R. (quince unidades reajustables con seis mil quinientas dos diezmilésimas) al Sr. Mario Maldonado C.I. Nº 1:429.072-4, propietario del inmueble empadronado con el Nº 146.615, sito en la sito en la calle Francisco Miranda Nº 4294bis, con domicilio en el mismo, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 10 (diez) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ARQ. GONZALO ALTAMIRANO, Director General (I).-