Resolución N° 666/08/4000
Nro de Expediente:
3230-020689-08
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
3/10/2008


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar a la Asociación Cristiana de Jóvenes, el uso de la explanada del Banco de Previsión Social ubicada sobre la Avda. Daniel Fernández Crespo, para la realización de un espectáculo de tango denominado "Milonga Intergeneracional" con motivo del "Día del Patrimonio", el día 4/X/08, desde las 11:30 hasta las 13:30 horas.-

Montevideo, 3 de Octubre de 2008.-
 
        VISTO: la solicitud de la Asociación Cristiana de Jóvenes, para que se le conceda el uso de la explanada del Banco de Previsión Social ubicada sobre la Avda. Daniel Fernández Crespo, para la realización de un espectáculo de tango denominado "Milonga Intergeneracional" con la colocación de un escenario, con motivo de acompañar el "Día del Patrimonio", el día 4/X/08, desde las 11:30 hasta las 13:30 horas;
        RESULTANDO: 1º) que la Junta Local de la Zona Nº 2 no tiene inconveniente en acceder a lo solicitado;
        2º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, condicionado a que el gestionante deberá: a) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y con el horario fijado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) dejar en la acera, en lo que refiere a la colocación del escenario, un espacio libre sin obstáculos en todo su recorrido, para la circulación de peatones en forma segura; c) será responsable de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en correctas condiciones de limpieza, higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales y demás instalaciones del espacio, tanto de superficie, aéreo o subterráneo, prohibiéndosele terminantemente hacer uso de árboles u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberán ajustarse a la normativa vigente y d) efectuar las coordinaciones que correspondan con los Servicios Central de Inspección General y Centro Comunal Zonal Nº 2;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a la Asociación Cristiana de Jóvenes, el uso de la explanada del Banco de Previsión Social ubicada sobre la Avda. Daniel Fernández Crespo, para la realización de un espectáculo de tango denominado "Milonga Intergeneracional" con la colocación de un escenario, con motivo del "Día del Patrimonio", el día 4/X/08, desde las 11:30 hasta las 13:30 horas, condicionado a que: a) deberá cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y con el horario fijado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidentes que se pudiera ocasionar; b) deberá dejar en la acera, en lo que refiere a la colocación del escenario, un espacio libre sin obstáculos en todo su recorrido, para la circulación de peatones en forma segura; c) será responsable de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en correctas condiciones de limpieza, higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales y demás instalaciones del espacio, tanto de superficie, aéreo o subterráneo, prohibiéndosele terminantemente hacer uso de árboles u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles y que los decibeles





        del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberá ajustarse a la normativa vigente y d) debera´efectuar las coordinaciones que correspondan con los Servicios Central de Inspección General y Centro Comunal Zonal Nº 2.-

        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 2 y al Servicio Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General .-