Resolución N° 697/03/4000
Nro de Expediente:
4114-002629-00 4114-001899-02
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
14/7/2003


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar multa 19,7880 U.R., Sres. Antonio Pazos y María Luisa Vázquez López, infracción fallas constructivas Avda. Gonzalo Ramírez Nos. 1619/23.-

Montevideo, 14 de Julio de 2003.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble empadronado con el Nº 2.231, sito en la Avda. Gonzalo Ramírez Nos. 1619/23, propiedad de los Sres. Antonio Pazos Dios y María Luisa Vázquez López, C.I. Nos. 867.831-0 y 1:184.629-9 respectivamente;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) corresponde aplicar una multa de 19,7880, según lo que establece el literal A, numeral 12, inciso c, Art. 3º y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y b) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 24,7350 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.478/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 19,7880 U.R. (diecinueve unidades reajustables con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas) a los Sres. Antonio Pazos Dios y María Luisa Vázquez López, C.I. Nos. 867.831-0 y 1:184.629-9 respectivamente, propietarios del inmueble empadronado con el Nº 2.231 sito en la Avda. Gonzalo Ramírez Nos. 1619/23, con domicilio en las calles Juan María Pérez Nº 2428 y Gabriel Pereira Nº 3168 respectivamente, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a los infractores que si no dan cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 24,7350 U.R. (veinticuatro unidades reajustables con siete mil trescientas cincuenta diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a los infractores, advirtiéndoles que disponen de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-