Resolución N° 743/01/4000
Nro de Expediente:
4720-009063-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
28/6/2001


Tema:
PERMISO REMISE

Resumen:
Aplicar multa Nair Mabel Boedo, transferencia s/autorización permiso remise Mat. Nº 30.481.-

Montevideo, 28 de Junio de 2001.-
 
        VISTO: que por Resolución N° 548/01/4000 del 22/V/01, se autorizó, a favor de Caisu S.R.L. la transferencia del permiso para la prestación del servicio de remise, identificado con la Matrícula N° 30.481, cuyo titular era la Sra. Nair Mabel Boedo Saettone, C.I. Nº 1:223.499-6, con domicilio en la calle Montalvo Nº 6436;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Transporte informa que: a) por documento privado suscrito el 9/X/00, la titular del permiso procedió a enajenar por compra-venta y tradición el vehículo afectado a dicho servicio empadronado con el N° 438.670, previo a su autorización y b) de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 23° del Decreto Departamental N° 26.229 del 17/XII/93, corresponde aplicar una multa de 15 U.R.;
        2º) que la División Tránsito y Transporte comparte lo aconsejado por el Servicio competente;
        CONSIDERANDO: 1º) en atención a lo previsto en el Art. D.832 del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal;
        2º) que por Resolución N° 2.478/00 del 17/VII/00, el Señor Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas de hasta 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 15 U.R. (quince unidades reajustables) a la Sra. Nair Mabel Boedo Saettone, C.I. Nº 1:223.499-6, con domicilio en la calle Montalvo Nº 6436, por incumplimiento a lo dispuesto por el Art. 23° del Decreto Departamental N° 26.229 del 17/XII/93.-
        2º.- Establecer que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a partir de la notificación, para hacer efectivo el pago de la multa impuesta, al término del cual, en caso de incumplimiento, se procederá al cobro por vía judicial.-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Cobro de Morosos y pase al Servicio de Transporte.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-