Resolución N° 5505/05
Nro de Expediente:
1007-002922-02
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
12/12/2005


Tema:
CONVENIO-CONTRATO

Resumen:
Aprobar texto Convenio de Adhesión con el Programa de Integración de Asentamientos Irregulares entre la Intendencia Municipal de Montevideo y los residentes del asentamiento “Cerro Norte”.-

Montevideo, 12 de Diciembre de 2005.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la Regularización del Asentamiento “Cerro Norte” (Nuestra Casa, San Rafael, 33 Orientales y Amanecer) en el Departamento de Montevideo;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 25/03 del 19/IX/03 se adjudicó la regularización del Asentamiento denominado “Cerro Norte” al Equipo Técnico Multidiscilplinario CSI Ingenieros;
        2º) que en cumplimiento de lo dispuesto por Resolución Nº 4163/03 del 10/X/03, se suscribió el Convenio de Preinversión y Seguimiento entre el Programa de Integración de Asentamientos Irregulares de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Intendencia Municipal de Montevideo, de acuerdo al Convenio de Participación suscrito el 22 de noviembre de 2000, así como el Contrato de Arrendamiento de Obra entre la Intendencia Municipal de Montevideo y CSI Ingenieros;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que en esta instancia corresponde suscribir el Convenio de Adhesión con el Programa de Integración de Asentamientos Irregulares entre la Intendencia Municipal de Montevideo y los residentes del asentamiento “ Cerro Norte ”;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aprobar el siguiente texto de Convenio de Adhesión con el Programa de Integración de Asentamientos Irregulares a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y los residentes del asentamiento “Cerro Norte”:
        CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, el día ............... de dos mil cinco, entre, POR UNA PARTE: La Intendencia Municipal de Montevideo representada por..............., con domicilio en la Avda. 18 de Julio Nº 1360.- POR OTRA PARTE: Los residentes del asentamiento “Cerro Norte” (Nuestra Casa, San Rafael, 33 Orientales y Amanecer), quienes suscriben este instrumento y cuya individualización y firma surge plenamente en el Padrón de Beneficiarios, el cual se considera parte integrante del presente.- Convienen lo siguiente: PRIMERO.- ANTECEDENTES: La Presidencia de la República y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en el marco del Programa de Integración de Asentamientos Irregulares han elaborado un Proyecto de Mejoramiento del Asentamiento “Cerro Norte”, consistente en la ejecución de un programa social dirigido al desarrollo sustentable y en la realización de obras de infraestructuras que se detallarán mediante el proceso de contratación a empresas privadas mediante llamado a Licitación Pública.- SEGUNDO.- DESCRIPCION DE TAREAS: I) El presente convenio tiene como objeto asegurar el trabajo conjunto del Gobierno Nacional, Departamental, los residentes del asentamiento, así como el desarrollo de la comunidad y la preservación y cuidado de las mejoras edilicias que apunten al mejoramiento de la calidad de vida de cada una de las familias acorde a sus posibilidades. II) En cuanto a las obras que componen el Proyecto Ejecutivo, comprenden básicamente las siguientes:
        a) construcción de red de saneamiento y agua potable;
        b) pavimentos en pasajes peatonales y vehiculares y desagües pluviales;
        c) pasaje de instalaciones de infraestructuras eléctricas aérea y subterránea;
        d) obras de alumbrado público;
        e) realojos de familias que deben ser reasentadas por la ejecución de infraestructuras, regularización del fraccionamiento, precariedad de la vivienda o hacinamiento de hogares;
        f) acondicionamiento de espacios libres y recreativos;
        g) obras complementarias;
        h) equipamientos comunitarios.-
        III) En cuanto a la implementación del proyecto de desarrollo barrial:
        a) Fortalecimiento de la organización barrial y ampliación de ámbitos de participación comunitaria.
        b) Acompañamiento social y asistencia técnica a las familias beneficiarias de realojos en su proceso de relocalización.
        c) Desarrollo de acciones sociales orientadas a niños y niñas.
        d) Desarrollo de acciones sociales orientadas a adolescentes y jóvenes.
        e) Desarrollo de acciones sociales orientadas a mujeres y sus familias.
        f) Desarrollo de acciones sociales orientadas a mejorar las condiciones ambientales y de salud.
        g) Desarrollo de acciones sociales orientadas a la capacitación y experiencias laborales.
        4) Deberán existir Comisiones de Vecinos integradas por los residentes de cada uno de los barrios que integran el Asentamiento “Cerro Norte”. Los reglamentos de funcionamiento de dichas Comisiones, así como el de constitución, funcionamiento y administración del Fondo de Desarrollo Barrial (vinculados a las funciones de tesorería y fomento de la organización barrial), deberán ser aprobados por la Unidad Ejecutora del Programa de Integración de Asentamientos Irregulares y la Intendencia Municipal, en su carácter de Coejecutor del Programa.- TERCERO.- APROBACION DE LOS VECINOS: Los residentes del asentamiento que suscriben el presente, aceptan el fraccionamiento propuesto y las obras proyectadas y se comprometen a:
        a) cooperar activamente con los técnicos y dependientes del equipo técnico encargado de la dirección y supervisión de las obras y la implementación del Proyecto de Desarrollo Barrial;
        b) apoyar y colaborar con la empresa contratista;
        c) permitir el ingreso a la parcela al personal encargado de realizar las obras;
        d) aceptar las condiciones que sean necesarias para la regularización y fraccionamientos, según pautas técnicas aprobadas por el Programa;
        e) cooperar para la realización en tiempo y forma de las reuniones, asambleas y elecciones necesarias para la aprobación de los criterios y reglamentos pertinentes. Las resoluciones serán aprobadas por la mayoría de los integrantes censados;
        f) cooperar en el mantenimiento de las situaciones de ocupación actual, así como tomar todas las medidas tendientes a evitar el ingreso de otros núcleos familiares por la vía de nuevas ocupaciones;
        g) realizar la conexión de los baños, cocinas y piletas a la red que se ejecutará en el plazo de seis meses una vez culminadas las obras;
        h) efectuar la limpieza de los predios, parcelas y espacios libres que circundan la propiedad;
        i) preservar las obras ejecutadas, en cuanto a la limpieza, eliminación de aguas servidas y basurales y el uso ordenado y racional de las instalaciones;
        j) constituir los Fondos de Desarrollo Barrial para mejoras, aportando los recursos que en común se hayan acordado, los que serán administrados por las respectivas Comisiones Vecinales;
        k) respetar y hacer cumplir las normas de convivencia o los reglamentos que se reafirmen o aprueben en el futuro;
        l) comunicar a la Intendencia los daños que surgieran en las obras y/o en los servicios una vez instalados;
        m) asumir el pago de tributos y obligaciones generadas por el uso de los servicios, atendiendo a convenios individuales y colectivos correspondientes, logrados por la organización barrial.- CUARTO.- ADJUDICACION DE LOTES: Los residentes del asentamiento continuarán ocupando los lotes que ocupan actualmente a título precario hasta que se proceda a la adjudicación de los mismos en el régimen de propiedad que resulte de la ley que se apruebe al efecto. Dicha ocupación, estará condicionada al cumplimiento por parte de cada residente de todas y cada una de las obligaciones que impone este convenio. Una vez realizada la adjudicación, sus derechos y obligaciones se regularán por la respectiva ley y sus reglamentaciones.- QUINTO: NOTIFICACIONES: Se fijan como domicilios especiales para todos los efectos a que pudiere dar lugar este contrato, los respectivamente indicados en el Padrón adjunto, quedando acordado como suficiente medio de notificación el telegrama colacionado.-
        SEXTO: Las partes declaran conocer y aceptar en todos sus términos la documentación que regula el proyecto que dio origen al presente, la que en un todo forma parte de este Convenio. Los vecinos cuyos datos se indican en el listado a continuación otorgan el presente convenio. Para constancia y en señal de conformidad se suscriben tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2º.- Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción al Coordinador General del Programa de Integración de Asentamientos Irregulares de la OPP, a los Departamentos de Descentralización, de Recursos Financieros, a la Contaduría General y pase por su orden al Departamento de Acondicionamiento Urbano y a la
        Comisión Especial Ejecutora de Atención al P.I.A.I.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-